La excarcelación de detenidos en proceso de investigación - (2010-01-24)
Miguel Posada
Documento sin título
Primero que todo hay que hacer claridad en un punto fundamental. La excarcelación de unos y otros no significa la absolución o el archivo del expediente. Solamente significa que los sospechosos no podrán seguir detenidos mientras continúa la investigación. Pero es bueno entender el sentido de la detención preventiva y las diferencias entre los dos casos, el de guerrilleros y el de soldados.
La justicia siempre parte de la presunción de inocencia. Eso dice nuestra constitución y muchas otras. Es un principio universal del Estado de Derecho. Sólo después de que se emite una sentencia queda establecida la culpabilidad o la inocencia de una persona. Si resulta culpable, empieza a cumplir una pena. En principio entonces no se debe castigar, privando de libertad, a una persona que se presume inocente. ¿Cuándo se justifica privar de la libertad antes de que se haya cumplido el proceso del juicio? Solamente cuando los indicios llevan a pensar que esa persona puede hacer daños a la sociedad si permanece en libertad o si se puede presumir que va a huir.
En los casos que nos ocupan, de los guerrilleros y los soldados, hay una enorme diferencia. En el caso de los guerrilleros, hay razones suficientes para pensar que si quedan libres, van a huir, y además a seguir delinquiendo dentro de la organización criminal FARC. Entre otras cosas, porque salvo que alguna ONG proclive a la subversión les de una subvención, no tienen de que vivir en libertad. El caso de los soldados es bien distinto. Si no habían sido dados de baja por el Ejército, vuelven a cuarteles y viven como lo hacían antes. No es probable que huyan, y si lo hacen, el Ejército puede ocuparse de su búsqueda y recaptura, porque habrán cometido el delito de deserción. Si habían sido dados de baja, el Presidente, el Ministro y las Fuerzas Militares estarían cometiendo ahora un secuestro si los retienen en una unidad militar.
Y vamos a los indicios que justifican la captura en uno y otro caso. Los guerrilleros fueron capturados después de un combate con el Ejército. Eso se llama captura en flagrancia. ¿Se necesitan más pruebas para llamar a juicio?
En el caso de los soldados, en cambio, existe la duda, y una duda muy fuerte, de que los civiles muertos hayan sido asesinados fuera de combate. Casi todos ellos tenían extensos prontuarios delictivos y bien pueden haber sido miembros, así fuera de tiempo parcial, de bandas criminales. Los soldados llevaban seis meses presos, bastante más de los 90 días que es el término máximo que tiene la Fiscalía para llamar a juicio. ¿No será que no hay pruebas contundentes y simplemente, para dejar sobre ellos la nube de un presunto delito, la Fiscalía dejó correr los términos. Porque así, además, le queda la facultad de seguir el proceso al paso que quiera. Son “libres”, pero con una espada de Damocles sobre sus cabezas.
La prensa, por ignorancia, mala fe, o ambas cosas, da a entender que los soldados quedaron absueltos. Falso. Los guerrilleros tampoco quedaron absueltos. Cuando unos u otros sean llamados a cualquier diligencia deben presentarse, y si no la hacen, se puede volver a ordenar su captura. Los soldados van a aparecer, los guerrilleros seguramente no lo harán.
¿Conviene, y es justo, eliminar los términos que tiene la Fiscalía para investigar? Con perdón del señor Presidente, proponer eso es volver a una Fiscalía juez, a una Fiscalía que atropellaba todos los derechos. Sería una suprema idiotez. Piense señor Presidente, con cabeza fría, y recuerde como fueron las cosas cuando la Fiscalía hacía lo que le daba la gana, y detenía personas inocentes por años, muchos años, de acuerdo con el interés de narcos o de mamertos. El caso de los militares falsamente acusados del asesinato de Álvaro Gómez, o el caso del señor Hasbún, un pobre diablo acusado del asesinato de Luis Carlos Galán, son ejemplos espantosos de atropellos de la Fiscalía. Mientras los acusados inocentes se podrían en la cárcel, el rastro de los verdaderos asesinos se enfriaba. Tanto, que llega uno al mal pensamiento de que alguien en la Fiscalía tuvo que ver en los asesinatos, o por lo menos en el encubrimiento de los verdaderos culpables.
A esa época no podemos volver.
En el caso de los guerrilleros, había pruebas suficientes para llamar a juicio dentro de los términos. Hay que investigar, no al juez de garantías, sino a los fiscales, que dejaron vencer los términos. En el caso de los soldados nunca han debido estar presos. No había necesidad de ello de acuerdo con los dos criterios expuestos, salvo que pidieran la baja y esta fuera aceptada. Bajo el control del Ejército no se iban a fugar, ni a delinquir, si se les asignaban tareas que no fueran de combate.
Pero la prensa ya los condenó, no una sino dos veces. Nuevamente la prensa y algunas autoridades están haciendo el papel de idiotas útiles para la difamación de las Fuerzas Militares y del país. Y, con todo le respeto que nos merece el Presidente, tal vez el mejor mandatario que ha habido en medio siglo, si no es más, en este caso se le fueron las de caminar.